Martina Velarde GómezPodemos
Diputada
«Hemos trabajado para tener un marco jurídico básico en el que se defienda el estatus y las tareas de los agentes forestales y medioambientales, como labores de custodia, de vigilancia de la naturaleza, de apoyo a la gestión del medio ambiente, de auxilio y colaboración de emergencia y de protección civil en el medio natural. Es importante recordar que fueron las comunidades autónomas quienes asumieron las competencias en la ordenación del territorio de los montes y aprovechamientos forestales. Por eso, se han desarrollado distintas regulaciones sobre este colectivo a nivel territorial, con variaciones tanto en sus funciones como en sus facultades. Por eso, el objeto de la ley es que haya un régimen jurídico para los agentes forestales independientemente de la Administración a la que se encuentren adscritos, y en el que se recojan, por fin, sus funciones a desempeñar de forma armonizada y equivalente, que se materializará en funcionarios, agentes de la autoridad, policía administrativa especial y con funciones de Policía judicial en sentido genérico. También se refuerzan esas funciones y competencias, la uniformidad y el acceso a fincas privadas y también la investigación de infracciones y delitos contra el medio ambiente.»
Fragmento 2 de 2 de esta intervención.