José María Sánchez GarcíaVox
Diputado
«Con la venia. La reforma que propone el Grupo Popular de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General consiste esencialmente en añadir una letra c) al apartado 2 del artículo sexto de tal ley, al efecto de que no puedan participar en listas electorales aquellos que, habiendo sido condenados, incluso habiendo cumplido su condena, no acrediten de manera fehaciente ni su arrepentimiento, ni el dolor causado, ni su disposición a colaborar con la justicia, ni el cumplimiento de las penas accesorias o de la satisfacción de la totalidad de la responsabilidad civil a la que fueron condenados. Así expuesto, nosotros no podemos sino adherirnos a esta proposición, por lo que anuncio que votaremos a favor de esta. Ahora bien, este debate ha sido muy oportuno para que los diversos grupos aclaren sus posturas sobre el particular y también para que el Grupo Popular -espero que de una vez por todas- comprenda que llega tarde y mal por insuficiente a aquello que pretende, y que además incurre en contradicciones con decisiones y posturas suyas del pasado, no más allá de la anterior legislatura, como veremos inmediatamente. Es muy tarde como resulta de la propia exposición de motivos de esta proposición, que cita la muy conocida sentencia del Tribunal Supremo de 27 de marzo de 2003, que declaró ilegales los partidos de Batasuna, Herri Batasuna y un tercero, otras sentencias de ilegalización entre 2003 y 2011 y dos sentencias del Tribunal Constitucional, una de ellas de 2011 y otra de 2012. Además, la propia exposición de motivos reconoce que a partir de 2011 -entrecomillo-'han vuelto más de un centenar de condenados por delitos de terrorismo a ser incluidos en candidaturas por distintos procesos electorales'. Año 2011, estamos en 2024, ¿trece años han precisado ustedes para reflexionar y proponer lo que hoy traen a esta Cámara a debate, y con mayor motivo habiendo sido partido gobernante en España precisamente desde 2011 hasta 2018 y habiendo estado ininterrumpidamente presentes en este Congreso desde entonces? Pues perdonen ustedes, pero verdaderamente incurren en aquello que en el tema de nuestro tiempo Ortega llamó el vulgo retardatario, por muchos motivos que luego ampliaré. ¿Es suficiente? No, no es suficiente. En primer lugar, nosotros ya presentamos en marzo de este año -está pendiente de ser debatida aquí- una proposición de ley para que también sean inelegibles, es decir, que no puedan concurrir a procesos electorales cualesquiera que estos sean, aquellos que sean sujetos de un auto de detención, que no consientan en ser detenidos o entregarse a autoridades españolas, que no comparezcan ante los tribunales de justicia cuando son llamados a declarar en condición de imputados por delitos contra la Administración pública, las instituciones del Estado, la Constitución o delitos de sedición o terrorismo, siempre y cuando no comparezcan por causa injustificada. Me parece que es algo más ambicioso de lo que plantea el Grupo Popular y plenamente legítimo, habida cuenta de las circunstancias en que vivimos, siquiera sea por esto.»
Fragmento 1 de 2 de esta intervención.