Datos INE

29N · faltan 26 días

Ignacio Hoces ÍñiguezVox

Diputado

«Pero el mayor cambio legislativo lo queremos en el modo de adquirir la nacionalidad española mediante residencia, es decir, cuando se otorga mediante la residencia legal y continuada inmediatamente anterior a la solicitud de adquirir la nacionalidad. Y lo que nosotros proponemos aquí, en primer lugar, es que el plazo de residencia legal y continuada pase de diez a quince años con carácter general, y lo dejamos exactamente igual en el resto de casos, es decir, para las personas de países iberoamericanos, Andorra, Guinea Ecuatorial, Portugal, Filipinas y también los sefardíes originarios de España. También consideramos que es evidente la necesidad de estar en posesión de un certificado oficial de conocimiento de la lengua española. Señorías, estamos otorgando la nacionalidad española a personas que no hablan correctamente el español; al igual que también se la estamos concediendo a personas que no conocen nuestra historia, nuestra cultura, nuestras costumbres y tradiciones, ni tampoco, por supuesto, el ordenamiento jurídico. Por eso esto tiene que cambiar. Y evidentemente también necesitamos que se acredite fehacientemente la renuncia de su anterior nacionalidad, es decir, el adquiriente debe presentar documento público expedido por las autoridades de su país de origen que acredite la renuncia a esa nacionalidad, y así nos evitaremos el problema del fraude de ley que antes he comentado.»

Fragmento 7 de 8 de esta intervención.

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