Yolanda Díaz PérezSumar
Vicepresidenta Segunda y Ministra de Trabajo y Economía Social
«Por tanto, garantizar el trabajo de las personas con discapacidad implica dar cumplimiento a sus derechos individuales y colectivos -los hay específicos y los hay inespecíficos- abriéndoles además la posibilidad de algo que es clave: ser titulares de los derechos de la Seguridad Social. Desde el punto de vista del trabajo de las personas con discapacidad, el desempeño de un trabajo no marginal ni esporádico aparece como una imprescindible actividad social creativa que dignifica la condición humana y que dota a las personas con discapacidad de un componente central en la creación de riqueza, permitiendo su obligada participación social. En este sentido, señorías, yo sé que a ustedes los organismos internacionales no les interpelan, pero cuando la OIT y sus consensos hablan del trabajo decente lo que hacen es hacer inseparable la noción del trabajo con derechos, que reconocen los sistemas democráticos en el mundo, como parte fundamental integrante de sus señas de identidad en cuanto que forma de organización política y social -aunque a ustedes les extrañe- también para las personas con discapacidad. Además, permítanme que les diga que el trabajo constituye un aspecto central para el ejercicio pleno y efectivo de los derechos de ciudadanía. El trabajo hermana el principio de igualdad con la diversidad, con la inclusión social, con el acceso a la autonomía personal y con la necesaria vida independiente de las personas con discapacidad.»
Fragmento 9 de 13 de esta intervención.