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29N · faltan 24 días

Elisa Garrido JiménezPSOE

Diputada

«Pero más allá de esto, esta reforma obedece a una demanda social que no debe ni puede ser desoída por este Congreso; también supone adaptar nuestra normativa a los mandatos internacionales y europeos de derechos humanos y también al nuevo artículo 49 de la Constitución española. Es, por tanto, necesario proceder a su modificación y eliminar la discriminación que el actual texto contempla para las personas con discapacidad. Tampoco debemos olvidar, también se ha mencionado ya en la tribuna, que la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha señalado la importancia de que la empresa esté obligada a tratar de acometer ajustes razonables antes de extinguir la relación laboral de una persona por una incapacidad sobrevenida. Esto, desde luego, ha de hacerse atendiendo a un criterio de proporcionalidad, a las condiciones de la propia empresa y contando con la posibilidad de recibir ayudas a tal fin. Finalmente, es destacable que, si la persona con incapacidad permanente decide continuar en su puesto de trabajo, se evitará su pase forzoso a la situación de pensionista. No debemos olvidar que las tasas de actividad de las personas con discapacidad en nuestro país son sensiblemente inferiores a las del resto de las personas trabajadoras, un camino en el que todavía queda un largo recorrido que transitar para llegar a una igualdad real. Modificaciones como la que ahora se propone y como la del artículo 49 de la Constitución desde luego abren un camino, una mirada mucho más inclusiva hacia la discapacidad, sin negar las dificultades que entraña y los importantes ajustes que como sociedad necesitamos hacer para lograrlo.»

Fragmento 4 de 5 de esta intervención.

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