María Isabel Prieto SerranoPP
Diputada
«Respecto al fondo de este proyecto de ley, usted ya sabe que la regulación que proponen deja mucho que desear. Ha sido fuertemente cuestionada por el dictamen del Consejo Económico y Social, que llega a afirmar: Este organismo consultivo no comparte la regulación contenida en el anteproyecto, ya que plantea delicadas cuestiones en los textos normativos vigentes que son de aplicación. El texto plantea una técnica legislativa farragosa y muy poco clara, utilizando conceptos jurídicos indeterminados que dificultan la aplicación de la norma y que sin duda van a generar una mayor conflictividad laboral; a lo que se suma el hecho de que esta propuesta normativa no casa con el régimen actual de incompatibilidad de las prestaciones de incapacidad permanente establecido por la Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de abril de 2024. El artículo 49 no define el alcance de ajuste razonable ni de carga excesiva en la adaptación del puesto de trabajo. Incluyen una referencia a los salarios medios, que no está prevista en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea; sin embargo, eluden el concepto de costes financieros. ¿Y qué ocurre, señora ministra, con la situación jurídica de la relación laboral del trabajador durante estos tres meses? ¿Y qué ocurre con la posibilidad de que el periodo de IT se prolongue más allá del plazo legal de extinción? ¿Y qué plazo y qué procedimiento han dado a los trabajadores para impugnar las decisiones de las empresas ante la jurisdicción social? Esta y otras muchas cuestiones quedan sin resolver en su proyecto de ley. Esto va a generar una gran inseguridad jurídica y un caos no deseado entre las empresas y los trabajadores; así que, como ha dicho el propio Consejo Económico y Social, esto puede llevar a un contexto que resulte disuasorio del ejercicio del derecho. Por tanto, señora ministra, si usted quiere que esta iniciativa siga adelante, va a tener que trabajar mucho más intensamente y depurar todas las deficiencias técnicas y jurídicas que existen para que no se perjudiquen los derechos de las personas con discapacidad. (Aplausos).»
Fragmento 3 de 4 de esta intervención.