Datos INE

29N · faltan 25 días

Pilar Calvo GómezJunts

Diputada

«Gracias, presidenta. Debo reafirmar la capacidad de decisión del paciente, y garantizar la seguridad jurídica de los profesionales con las instrucciones de un paciente al final de la vida puede chocar con la buena praxis médica. Estos son, fundamentalmente, los objetivos de la iniciativa. Y el problema es que estamos hablando de una materia en la que Cataluña tiene competencias recogidas en su estatuto. El artículo 20.2 señala que todas las personas tienen derecho a expresar su voluntad anticipada para dejar constancia de las instrucciones sobre las intervenciones y los tratamientos médicos que puedan recibir, que deben ser respetados en los términos que establecen las leyes, especialmente por el personal sanitario, cuando no estén en condiciones de expresar personalmente su voluntad. Son competencias que se han ido desarrollando en distintas leyes. Hace veinticuatro años Cataluña reguló por primera vez en el Estado español la posibilidad de elaborar documentos de voluntades anticipadas para que todas las personas mayores con capacidades suficientes pudieran comunicar las intervenciones y los tratamientos médicos que aceptan o rechazan si llegan a encontrarse en una situación en la que no pueden expresar su voluntad. Fue en la Ley 21/2000, de 29 de diciembre, modificada recientemente a petición de la Asociación Derecho a Morir Dignamente para eliminar las trabas burocráticas y facilitar que el documento de voluntades se pueda hacer ante un profesional sanitario, pensando especialmente en las personas mayores -Decreto 2/2024, de 6 de febrero-. En el Estado español, la Ley básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica llegó dos años después de la catalana, cuando la Generalitat ya estaba creando su Registro de Voluntades Anticipadas, independientemente de que fuera ante notario y con testimonios, y cinco años después llegó el registro estatal, con el Real Decreto 124/2007, de 2 de febrero.»

Fragmento 4 de 6 de esta intervención.

¿Algo mal atribuido o clasificado? Envía una corrección.