Pilar Calvo GómezJunts
Diputada
«Respecto de las instrucciones previas, testimonio vital o voluntades anticipadas, está claro que Cataluña tiene más experiencia, pero, sobre todo, tiene competencias. Valorando los términos de su propuesta, estamos hablando de decidir ante situaciones de gran dificultad, emocionalmente muy duras, situaciones que han sido más presentes en nuestras vidas y en nuestras conversaciones desde que hace cuatro años entró en vigor la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia. La proposición de ley que proponen establece que las instrucciones previas deben producirse dentro de los límites legales, eliminando la referencia a la lex artis y aportando mayor seguridad jurídica en su aplicación. Es importante tener en cuenta que hay casos en los que eliminar la lex artis como criterio puede ser contraproducente. Pensemos, por ejemplo, en esos casos en los que la persona que quiere dejar instrucciones previas respecto de su salud pueda tener un deterioro cognitivo o problemas de salud mental. Sería conveniente el apoyo de un profesional con experiencia que determinase si la persona está en plenas facultades para decidir. Debemos tener mucho cuidado con esto, y lo saben los profesionales implicados con la Comisión de Garantía y Evaluación de la Eutanasia. Una manera de proteger la seguridad jurídica de los profesionales y de las instituciones sanitarias es justamente garantizar que la persona que quiere renunciar a un tratamiento o a seguir viviendo esté en situación de tomar esta decisión, y, si es el caso, debe prevalecer su voluntad, por muy doloroso que sea para sus familiares. También esto garantiza la seguridad jurídica.»
Fragmento 5 de 6 de esta intervención.