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29N · faltan 25 días

Agustín Santos MaraverSumar

Diputado

«Señorías, los Estados pueden aportar información a la Corte Penal Internacional, pero una vez iniciada la investigación del fiscal, la corte actúa como un tribunal independiente que se rige exclusivamente por criterios legales dictados por sus magistrados y magistradas imparciales con arreglo al Estatuto de Roma. Cualquier indicación, repito, cualquier indicación por parte de un Estado miembro es una violación del Estatuto de Roma, y eso es lo que ustedes proponen en esta proposición no de ley. Tercer punto. Ha habido en el último año cinco informes de Naciones Unidas sobre los derechos humanos en Venezuela. Estos informes no necesitan ser respaldados, porque son informes de organismos independientes del sistema de Naciones Unidas. En su caso, se votan como resoluciones en el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Hay que respetar los procedimientos de Naciones Unidas, y, como dijo el alto comisionado Türk, ahora más que nunca es esencial un diálogo constructivo y abierto entre los y las venezolanas con las instituciones del Estado para superar las profundas divisiones y reconstruir el contrato social entre la población venezolana.»

Fragmento 2 de 4 de esta intervención.

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