29N · generales · dom 29 novfaltan 26 días

Francisco Javier Ortega Smith-MolinaVox

Diputado

«Pretenden restringir la identificación de las personas diciéndoles a los agentes que, si no los pueden identificar en dos horas los tienen que poner en la calle. Pensemos por un momento, si hablamos de personas que no llevan identificación, en que si son yihadistas, terroristas, violentos depredadores o delincuentes y en ese momento no se les puede identificar porque es muy difícil hacerlo, que habrá que ponerles en la calle, según la proposición de ley que se va a debatir. Y, por último, pretenden nada menos que desproteger a los comerciantes legales, a aquellos que en su venta en establecimiento fijo o en su venta ambulante cumplen la ley y tienen las licencias correspondientes. Frente a eso, barra libre para todo el que haga venta ambulante ilegal, los top manta y todo lo que hay detrás, que son las mafias del tráfico de personas y de mercancías ilegales. Por eso, VOX, en coherencia con sus principios de respeto a la legalidad y su afán de que se mantenga el orden en las calles, ha presentado una enmienda con texto alternativo que principalmente se basa en las siguientes cuestiones. La primera, reforzar la devolución o rechazo en frontera, se llame en caliente, en templado o en frío, pero los agentes tienen que saber que quien entra por la fuerza por una frontera podrán rechazarlo primero y devolverlo a su país de origen. (Aplausos). También la iniciación preceptiva, que no facultativa, de los expedientes de expulsión, que habrán de ser reales y eficaces, no como ahora, que uno de cada diez es devuelto a su país de origen. Se elevan como sanciones muy graves todas las que supongan infracciones de obstrucción a la acción de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, todo lo que suponga la okupación ilegal de inmuebles y todo lo que supongan grabaciones que pongan en riesgo la seguridad de los agentes, de sus familias o del buen fin de las operaciones policiales. También se propone la creación de un protocolo de uso legítimo de la fuerza para garantizar a nuestros agentes seguridad jurídica en la utilización de sus armas reglamentarias y del material antidisturbios, para que tengan una norma, un protocolo de uso de la fuerza que les evite estar siempre en permanente riesgo de ser señalados con procedimientos sancionadores por un supuesto uso desproporcionado de la fuerza. Y, por último, reforzando todos los mecanismos, todos los principios de autoridad de los agentes.»

Fragmento 4 de 5 de esta intervención.

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