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29N · faltan 25 días

Enrique SantiagoSumar

Diputado

«Especialmente grave es su oposición a las modificaciones que hemos introducido en la ley para garantizar la aplicación de las normas aprobadas por Naciones Unidas, modificaciones que concuerdan con el código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley de las Naciones Unidas y del Comité Internacional de la Cruz Roja y con los principios básicos sobre el empleo de la fuerza y las armas de fuego para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley que adoptó Naciones Unidas en el año 1990. Criticar que la reforma establece la sustitución progresiva de los proyectiles cinéticos, las balas de goma, por otros medios menos lesivos es situarse claramente en contra de las normas de estos organismos internacionales sobre el uso de la fuerza por los cuerpos policiales, normas que, respecto a los registros a ciudadanos, por ejemplo, ordenan que se debe tratar con dignidad a las personas registradas, que es lo que se ha incorporado en el artículo 20 de la proposición de ley. Y, respecto al uso de la fuerza y armas de fuego en disturbios civiles, estas normas de Naciones Unidas establecen que, cuando sea necesario recurrir al uso de la fuerza, esta ha de emplearse en proporción a la gravedad de la situación y al objetivo legítimo y siempre como último recurso, es decir, que se aplicarán medios no violentos antes de recurrir a la fuerza y que esta se utilizará solo cuando sea estrictamente necesario y haciendo todo lo posible para limitar los daños y las lesiones.»

Fragmento 6 de 8 de esta intervención.

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