Elma Saiz DelgadoPSOE
Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
«La primera es que no será necesaria una carrera completa de cotización, la que da lugar al cien por cien de la pensión, para acceder a este tipo de jubilación. Esto significa que aquellas personas con carreras de cotización más cortas también pueden optar a este beneficio, medida que favorecerá a los colectivos que históricamente han tenido carreras laborales más cortas e intermitentes, que son, que somos, en la mayoría de los casos mujeres. La segunda es una medida compatible con la jubilación demorada -hasta ahora no lo era-, lo que va a implicar una mejora sustancial para aquellos que quieran prolongar su vida activa. El porcentaje de compatibilidad de la pensión con el mantenimiento de la actividad se incrementará en función de la demora en el acceso a la jubilación. Si es un año de demora, será un 45 % de pensión, llegando a los cinco años de demora al cien por cien de la pensión. En cuanto a la tercera mejora, si la actividad se realiza por cuenta propia -esta medida mira a los trabajadores y trabajadoras autónomos de nuestro país- y se tiene contratado al menos un trabajador por cuenta ajena para efectuarla o se contrata con carácter indefinido a un nuevo trabajador por cuenta ajena, el porcentaje de la pensión de jubilación compatible con el trabajo será el 75 % los tres primeros años, hasta llegar al 100 % el quinto año. Y la cuarta mejora es que estos porcentajes se incrementarán en un 5 % cada doce meses de actividad profesional ininterrumpida. Para entenderlo mejor, un trabajador que puede y se jubila a su edad ordinaria, si una vez pasados dos años quiere volver a trabajar, además de seguir teniendo derecho a su salario, tendrá derecho a una pensión del 55 %, que irá viendo incrementada cada año trabajado hasta poder llegar al 100 % el quinto año.»
Fragmento 8 de 12 de esta intervención.