Engracia Rivera AriasSumar
Diputada
«En el propio artículo 59.2 del TRLEBEP se nos dice que cada Administración pública adoptará las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables en tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones en el propio puesto de trabajo a las necesidades reales de las personas con discapacidad. Por tanto, en consonancia con ese artículo 59, esta propuesta tiene como objetivo principal adecuar las pruebas de acceso al empleo público de las personas con discapacidad intelectual, de modo que no supongan otra barrera más, sino una oportunidad laboral, cumpliendo con ese mandato establecido en la ley. Ello significa que para acceder a un empleo público tendrán pruebas adaptadas, en las que se compruebe que son capaces de desarrollar el puesto, sin necesidad de hacer pruebas teóricas, que son obstáculos gigantescos para el acceso de estas personas a la Administración pública. El empleo es un pilar esencial para poder construir un proyecto de vida. No solo proporciona ingresos, sino que también permite a las personas contribuir activamente al progreso y bienestar de la sociedad y, sobre todo, también permite la autonomía personal, que es un derecho sustantivo y material, y de esto va esta propuesta, de cumplir derechos sustantivos y materiales. (Aplausos). Esta iniciativa es muy importante para toda la comunidad, ya que una sociedad inclusiva es aquella donde todas las personas tienen derecho a desarrollar una vida plena y sin barreras. Sin embargo, el informe del Observatorio Estatal de la Discapacidad publicado en diciembre 2024 nos muestra un panorama muy diferente a esto que tenemos como objetivo y pone de manifiesto una situación muy preocupante en cuanto a la inclusión laboral de las personas con discapacidad. En 2023 había casi dos millones de personas con discapacidad en edad de trabajar, que es el 6,2 % de la población total en edad laboral, y, sin embargo, el informe destaca una baja tasa de actividad de este grupo, en comparación con las personas sin ningún tipo de discapacidad. En concreto, la tasa de actividad de las personas con discapacidad es 43 puntos inferior a la de personas sin discapacidad, es decir, un 35,5 %, frente a un 78,5 %, respectivamente; la tasa de paro es casi 8 puntos mayor, un 19,7 %, frente a un 12 %, y la del empleo, 40,5 puntos inferior, un 28,5 %, frente a un 69 %. Estos datos evidencian la mayor dificultad para estas personas con discapacidad a la hora de encontrar un empleo y, por lo tanto, a la hora de iniciar un proyecto de vida lo más autónoma posible y ocupar ese lugar que todas hemos de tener en nuestra sociedad. (Aplausos).»
INECita «19,7 %» · Tasa de paro (EPA), 4T 2024: 10,61 %Fuente ↗
Fragmento 2 de 4 de esta intervención.