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29N · faltan 25 días

Sergio Gutiérrez PrietoPSOE

Diputado

«Para ello, tenemos tres puntualizaciones a la proposición de ley que nos trae el Grupo Parlamentario SUMAR. La primera, por supuesto, jurídica. Como saben, existen dos clases de procedimiento para acceder de manera general a la nacionalidad española reconocidos en el Código Civil: el de carta de naturaleza, que es el que propone esta proposición, y el de por residencia continuada con diferentes plazos, diez años de residencia continuada para causas generales, cinco para los solicitantes de refugio y asilo y dos años para determinadas comunidades con vinculaciones históricas con España. Este último es el caso de la comunidad sefardí y de Guinea Ecuatorial. La propuesta de ley que hoy debatimos propone en su artículo 1 aplicar el primero de los procedimientos, el de la carta de naturaleza -es el que se usa, por ejemplo, para los hijos de los españoles que tuvieron que emigrar de España durante la época de la dictadura franquista y que se exiliaron en el extranjero-, cuando el procedimiento establecido como regla general para el resto de excolonias, especialmente el de Guinea Ecuatorial que es el que lleva más similitudes con el de la causa saharaui, es un procedimiento de residencia abreviada de dos años y no el general de diez.»

Fragmento 2 de 5 de esta intervención.

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