Elvira Velasco MorilloPP
Diputada
«Buenas tardes, señorías. Señora Castillo, en el Grupo Popular sabemos muy bien dónde estamos. Si hicieran caso de las propuestas que mi grupo les presenta, nos iría mejor a todos los españoles (aplausos), y no como ustedes, que lo único que hacen es estar pendientes de sus socios de Gobierno para ocupar la bancada azul. Damos también la bienvenida desde el Grupo Parlamentario Popular a la delegación del Parlamento de Andalucía, que esta tarde nos ha presentado una iniciativa relativa a la gratuidad de los productos ópticos y a la salud visual. Señorías, el artículo 43 de la Constitución española reconoce el derecho a la protección de la salud y establece que los poderes públicos organizarán y tutelarán la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. Así, contamos con un marco jurídico que se ha ido adaptando a la realidad sanitaria. Desde la Ley General de Sanidad se han producido avances e innovaciones en la atención sanitaria que se han ido incorporando a la práctica clínica. Y es en la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, en su artículo 7.1, donde se establece el catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud. Y en el artículo 8 de esta ley se contempla que las prestaciones sanitarias del catálogo se harán efectivas mediante la cartera de servicios comunes, que, según prevé el artículo 20, se acordará en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.»
Fragmento 1 de 5 de esta intervención.