Datos INE

29N · faltan 22 días

Josep Pagès i MassóJunts

Diputado

«Ante este embate contra la justicia internacional, hoy, cuando menos, podemos dar una señal de resistencia con la propuesta que tenemos sobre la mesa. Las cuatro enmiendas al artículo 8 del Estatuto de Roma que hoy ratificamos, adoptadas por la Asamblea de Estados parte de 2017 y 2019, comportan una ampliación material de las potestades y competencias de la Corte Penal Internacional, una ampliación de competencias absolutamente necesaria. Se trata, como ha comentado el diputado Mikel Legarda, de ampliar en cuatro supuestos nuevos la tipificación de crímenes de guerra. Las nuevas conductas prohibidas en conflictos armados son el uso de armas biológicas que diseminan agentes biológicos o toxinas, el uso de armas que liberan fragmentos que no pueden detectarse en el cuerpo humano, el uso de armas láser que provocan ceguera y el uso intencionado del hambre como método de guerra, es decir, privar deliberadamente a la población civil de lo indispensable para su supervivencia. Estas conductas, que en realidad son un nuevo catálogo de la perversión humana, ya están prohibidas en tratados internacionales vigentes, como los protocolos de la Convención de Ginebra, pero su inclusión explícita en el Estatuto de Roma refuerza su persecución a nivel internacional.»

Fragmento 6 de 8 de esta intervención.

¿Algo mal atribuido o clasificado? Envía una corrección.