Isidre GavínJunts
Diputado
«Otro de los elementos que viene a regular este marco no es otro que el Tratado sobre el Comercio de Armas de las Naciones Unidas. Muchos países europeos -la Unión Europea incluida, que es una entidad adherida al tratado- también están adheridos al tratado. Viene a regular las transferencias internacionales de armas convencionales, prohíbe exportaciones si hay riesgo de genocidio, crímenes de guerra o crímenes de lesa humanidad. Así que existen las herramientas. Hay herramientas que nos ofrecen un marco para regular estas situaciones. Cuando la situación política o militar de un país lo ha requerido o lo requiere, la Unión Europea puede imponer embargos armamentísticos, y lo ha hecho con Rusia, con Siria, con Corea del Norte, con Myanmar -Birmania-, entre otros países. Y estos embargos se adoptan por decisión del Consejo de la Unión Europea en el marco de la política exterior y de seguridad común. Por lo tanto, estas herramientas existen y se puede echar mano de ellas. En cualquier caso, la proposición de ley que se nos presenta tiene por objeto reformar la legislación española, la específica del Estado español; en este caso, la que tiene que ver con el control del material de defensa y de doble uso para introducir esta figura, la del embargo, y establecerla en el ordenamiento jurídico español. Esta propuesta, en su literalidad, representa un intento de reforzar el control ético y legal de las exportaciones de armas y productos de doble uso; es decir, productos civiles que también se pueden utilizar con fines militares o represivos. Y esto está en línea con los compromisos internacionales en materia de derechos humanos, paz y seguridad.»
Fragmento 6 de 8 de esta intervención.