Datos INE

29N · faltan 25 días

María Adrio TaracidoPSOE

Diputada

«Señorías, esta reforma pretende aportar mayor claridad y orden a la labor de los representantes de estos a través de la imposición de una serie de obligaciones que serán de aplicación a su interacción con los miembros y empleados públicos del Congreso de los Diputados. La transparencia que aportará esta reforma permitirá dar a conocer qué entidades están tratando de influir en las políticas públicas que a diario preparan, debaten y aprueban en el seno del Congreso, así como regular los grupos de interés, conocidos como lobbies, mediante la creación de un registro de inscripción obligatoria. Estos grupos incluyen toda entidad, plataforma y persona física o jurídica que pretenda incidir en la toma de decisiones del Congreso. De esta forma, todo aquel que quiera comunicarse con diputados, grupos, personal eventual, asesores y personal de la Cámara deberá inscribirse en un registro gratuito de grupos de interés de nueva creación, siendo los datos consignados de consulta pública. Otra propuesta de reforma es mejorar el principio de integridad en la vida política. La corrupción es una lacra grave que afecta negativamente a la calidad democrática, por lo que esta reforma se orienta a fortalecer la capacidad de nuestros órganos constitucionales para prevenir y castigar conductas contrarias a los estándares de ética exigibles a los representantes públicos. También es muy importante la limitación que recoge la reforma por la que no podrá actuar en representación de los grupos de interés quien haya ostentado la condición de miembro de las Cortes Generales o haya sido alto cargo del Gobierno, en ambos casos en los dos años anteriores, ni tampoco quien haya sido inhabilitado judicialmente para acceder a cargo público. También se exige total transparencia en la identificación de grupos de interés y sus representantes, con el compromiso de no difundir información confidencial. Tal y como recoge el artículo ciento sesenta de la Ley del Régimen Electoral General, las y los parlamentarios están obligados a formular declaración de todas las actividades que puedan constituir causa de incompatibilidad y de cualesquiera otras actividades que les proporcionen o puedan proporcionar ingresos económicos. También deben dar cuenta de sus bienes patrimoniales, tanto al adquirir como al perder su condición de parlamentarios, y también cuando se modifiquen sus circunstancias. En octubre de 2020 aprobaron en las Mesas del Congreso y Senado un código de conducta de las Cortes Generales, cuyo objetivo es desarrollar las obligaciones de diputados y diputadas, senadores y senadoras, incluidas en los reglamentos de ambas Cámaras, para garantizar la ejemplaridad y transparencia, porque como representantes del pueblo deben responder con su comportamiento a los más exigentes imperativos éticos, y esta reforma recoge un sistema de sanciones para asegurar el cumplimiento de esas obligaciones. Así, promueve sanciones a diputados que falseen su patrimonio u oculten sus agendas y su relación con los lobbies; también para las diputadas y diputados que incumplan las previsiones reglamentarias, y especialmente para los que falseen sus declaraciones de bienes, actividades o intereses económicos o no cumplan con el código de conducta de las Cortes.»

Fragmento 3 de 5 de esta intervención.

¿Algo mal atribuido o clasificado? Envía una corrección.