Ignacio Gil LázaroVox
Diputado
«Y, a partir de ahí, esta iniciativa, que no es más que una operación de maquillaje, carece de todo rigor jurídico. Es incapaz de vertebrar las dos definiciones fundamentales sobre las que construir el resto de la norma; esto es: qué es un lobby o grupo de interés y qué es una actividad de influencia. Y como es incapaz de hacerlo, tira por la calle de en medio y determina que es actividad de influencia toda comunicación de una persona física o jurídica que mantenga con un diputado o grupo parlamentario de esta Cámara, artículo 210. Y, como es incapaz de establecer qué es un grupo de influencia o lobby dice: Es grupo de influencia todo aquel particular, persona física o jurídica que entre en contacto con un miembro de esta Cámara, artículo 209. Es decir, es un soberano despropósito. Pero esta operación de maquillaje lo único que hace es cortapisar, burocratizar e impedir la fluida relación entre representantes y representados, que es la base del ejercicio parlamentario. Pero, además, incorpora un matiz profundamente grosero, profundamente discriminatorio porque impone a los particulares, personas físicas y jurídicas, el sometimiento a una serie de normas estrictas y, sin embargo, exonera de esas mismas normas a los partidos políticos, a los sindicatos, a las patronales y a las entidades que integran la organización territorial del Estado, entre muchas otras. (Aplausos).»
Fragmento 2 de 4 de esta intervención.