José Antonio Bermúdez de Castro FernándezPP
Diputado
«¿Saben cuál es su problema? Su problema es que saben que esta legislatura está agotada. Su problema es que no hay viento bueno para el que no sabe a dónde va. Su problema es su debilidad parlamentaria, por eso ni siquiera son capaces de sacar adelante los proyectos de ley que el Gobierno envía a estas Cortes, que se declaran de urgencia, pero luego se paralizan porque ustedes no tienen mayoría para sacarlos adelante. (Aplausos). Por eso bloquean en la Mesa las iniciativas parlamentarias de la oposición, pero también las del propio Gobierno. (Continúan los aplausos). Esto se tiene que acabar, porque esta Cámara representa al Poder Legislativo y no puede estar tomando decisiones contra sí misma, paralizando nuestra función legislativa. Por eso es necesario introducir en el Reglamento no solo condiciones y límites para la concesión por la Mesa de prórrogas de enmiendas, sino también plazos para que se constituya la ponencia de turno y pueda culminar el trámite legislativo. Eso es precisamente lo que proponemos, que las iniciativas legislativas que se impulsan y se toman en consideración por esta Cámara, es decir, las proposiciones de ley, y las que remite el Gobierno, es decir, los proyectos de ley, tengan un plazo máximo de prórroga de enmiendas de dos meses y que, a partir de ahí, solo puedan prorrogarse si existe un amplísimo consenso, consenso consistente en el respaldo de grupos que tengan tres quintas partes de los diputados de esta Cámara. A esta regla general establecemos dos excepciones. La primera es que el plazo máximo de ampliación de enmiendas en los reales decretos leyes que se tramitan como proyecto de ley será de un mes. ¿Saben por qué? El argumento es sencillo. Como saben, el real decreto ley se justifica constitucionalmente por la extraordinaria y urgente necesidad y el Gobierno tiene un plazo de un mes tras su aprobación por el Consejo de Ministros para traerlo a convalidación de esta Cámara. Pues bien, si esta Cámara el día de la convalidación decide tramitarlo como proyecto de ley, lo lógico es que las aportaciones de los grupos a través de enmiendas obedezcan a esa misma causa de extraordinaria y urgente necesidad y tengan ese mismo plazo, porque, si no es así y se amplían las enmiendas durante meses, al final esas enmiendas no valdrán para nada y estaremos permitiendo que el Ejecutivo suplante la labor del Poder Legislativo. (Aplausos). El segundo caso son las que nos remite el Senado. Para las iniciativas que nos remite la Cámara Alta proponemos un plazo máximo improrrogable de dos meses para que venza el plazo de enmiendas. Señorías, no podemos bloquear las iniciativas que aprueba el Senado, a quien nuestra Constitución le otorga, al igual que a esta Cámara, la potestad legislativa. Luego las valoraremos, las enmendaremos, las aprobaremos o las rechazaremos, porque la Constitución da preponderancia -la última palabra- a esta Cámara. Pero lo que no podemos impedir es que se debatan y se voten.»
Fragmento 6 de 7 de esta intervención.