Datos INE

29N · faltan 25 días

María Sandra Moneo DíezPP

Diputada

«Pero hablemos también de la convención. La Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por España en el año 2008 y a la que algunas de sus señorías aluden constantemente, señala en su artículo 24: 'Los Estados parte reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación'. En esto creo que podemos estar todos totalmente de acuerdo; lo reconoce nuestra Constitución. 'Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades -ninguna objeción, señorías-, los Estados parte asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles, así como la enseñanza a lo largo de la vida...' Sistema inclusivo y enseñanza a lo largo de toda la vida. ¿Qué es un sistema inclusivo, señorías? Un sistema inclusivo es aquel que no permite que ningún alumno con discapacidad quede atrás; un sistema inclusivo es aquel que hace de la atención personalizada a cada alumno el eje vertebrador de la acción educativa; un sistema inclusivo es aquel que reconoce las particularidades físicas e intelectuales de aquel que presenta una necesidad educativa especial y que, junto a la acción formativa, añade todos los elementos necesarios para asegurar la autonomía personal del alumno, su capacidad de comunicarse, de relacionarse, de integrarse en el día a día de la sociedad; de disfrutar, señorías, sí, de disfrutar de su entorno, de sus amigos, sin que nadie lo señale o, peor, sin ser el instrumento para lavar la conciencia de aquellos que entienden la inclusión únicamente sentando a nuestros hijos en un aula ordinaria. (Aplausos).»

Fragmento 3 de 7 de esta intervención.

¿Algo mal atribuido o clasificado? Envía una corrección.