Datos INE

29N · faltan 25 días

Elma Saiz DelgadoPSOE

Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

«La jubilación anticipada ha tenido diferentes modificaciones en el diseño original a consecuencia de las reformas. Estos cambios se han ido haciendo en consonancia con las directrices que mandan las recomendaciones del Pacto de Toledo referentes a la prolongación de la vida laboral de los trabajadores. La Ley 21/2021 es especialmente importante porque garantiza revalorizar las pensiones conforme al IPC, en la consideración de que es la única renta que van a tener los pensionistas el resto de su vida y que esta medida además beneficia particularmente a quienes han salido antes del mercado de trabajo. Una segunda consideración que introduce esta ley es la reorganización de los coeficientes reductores, mejorando las condiciones de acceso y el cálculo de la pensión en el caso de una jubilación anticipada involuntaria. Y un tercer aspecto tiene que ver con la corrección de casos en los que hay una mayor vulnerabilidad. En la disposición adicional primera de la Ley 21 se estableció una compensación económica para quienes hubieran accedido a una jubilación de forma anticipada entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2021, en determinados supuestos de largos periodos de cotización -cuarenta y cuatro años y seis meses- y, en su caso, baja cuantía, si se acreditaban cuarenta años de cotización y pensión inferior a 900 euros a 1 de enero de 2022. La Seguridad Social, el INSS, reconoció de oficio a los jubilados que se beneficiaron de estos complementos. Le informo que el número de complementos reconocidos ascendió a 104 000.»

Fragmento 4 de 7 de esta intervención.

¿Algo mal atribuido o clasificado? Envía una corrección.