29N · generales · dom 29 novfaltan 26 días

Elma Saiz DelgadoPSOE

Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

«Durante estos tres primeros años -2023, 2024 y 2025-, hemos tenido un periodo transitorio, con un sistema de ingresos reales basado en tramos, desplegados gradualmente durante el cual los trabajadores del RETA ya han cotizado en función de los rendimientos que han obtenido estos últimos tres ejercicios, y han elegido una base de cotización correspondiente a su tramo de ingresos. Es preciso indicar que aquellos con rendimientos netos por debajo del SMI han tenido -y tienen- cuotas notablemente más reducidas que con el sistema anterior. También es necesario destacar que hay una cuota reducida de 80 euros al mes para los nuevos autónomos durante los doce primeros meses, que se puede prorrogar otros doce meses más si los rendimientos netos del primer año están por debajo del SMI. Es decir, señorías, que quienes menos ingresos tienen se benefician de unas cuotas más bajas de las que había antes de la reforma del 2022. Si miramos las prestaciones, es justo -y también necesario- afirmar que ha habido una mejora de la protección social. Lo decía usted, señor Salvador, es indiferente si va circulando en Ferrari, en patinete, en un vehículo eléctrico o en una bicicleta, lo importante es que estén protegidos circulen como circulen y a la velocidad a la que lo hagan. Además, usted también ha puesto en valor el sistema. Ha mejorado la protección. Por ejemplo: en el cese de actividad, y tras la experiencia de las situaciones extraordinarias que se afrontaban en la pasada legislatura, se trasladó esta mejora de una forma muy estable a la ley del año 2022. Además, también se recogieron situaciones ordinarias de cese de actividad, posibilitando la concesión de una prestación con el mantenimiento de la actividad. Además, se ampliaron las modalidades del cese de actividad para mejorar la cobertura de las distintas contingencias como una interrupción parcial; así se reconoce el cese de actividad parcial para autónomos con trabajadores y para autónomos sin trabajadores, además de un cese temporal parcial por fuerza mayor.»

Fragmento 5 de 7 de esta intervención.

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