Juan José Aizcorbe TorraVox
Diputado
«Y también se vulnera -cómo no- el artículo 23.2, porque permitir que en Cataluña se acceda al mismo cuerpo estatal mediante sistemas distintos, temarios distintos o requisitos lingüísticos excluyentes rompe la igualdad de acceso. (Aplausos). No es una hipótesis. Sabe muy bien, señor ministro, que entre 2007 y 2013 -creo que lo ha dicho-, cuando se experimentó con modelos fragmentados solo se convocaron -ha dicho 1000, pero no- 956 plazas, y cuando el Estado recuperó la competencia, más de cuatro mil. Y esto demuestra que donde hay unidad hay eficacia y donde hay fragmentación hay desigualdad. Y todo eso se hace usando un instrumento excepcional como el decreto ley, sin extraordinaria ni urgente necesidad. Incluso, si admitiéramos urgencia en inversiones o en VERI*FACTU, ¿dónde está la urgencia en alterar un cuerpo estatal centenario? ¿Qué necesidad tiene Cataluña que no tengan Extremadura o Castilla-La Mancha? ¿Qué justifica forzar por decreto lo que debe tramitarse como proyecto de ley? No hay urgencia porque no hay urgencia. Hay un falaz acuerdo político y eso no es lo que exige el artículo 86 de la Constitución. Porque todo esto no es técnica administrativa, es política en estado puro, política, pero de la peor, escrita con prisas y en conversaciones opacas para apoyar a parlamentarios y a grupos parlamentarios ajenos al contenido principal.»
Fragmento 4 de 7 de esta intervención.