Agustín Santos MaraverSumar
Diputado
«Muchísimas gracias por esta proposición no de ley, que lo que hace es recoger el eje central de la política exterior de España, que es el multilateralismo y la defensa del derecho internacional. Por cierto, nosotros no defendemos un sistema internacional basado en normas, lo que defendemos es un sistema internacional basado en el derecho internacional. (Aplausos). ¿Por qué? Porque, como desde el origen de los tiempos de este concepto, con Grocio, es el carácter contractual lo que resulta fundamental en este derecho internacional, que se basa en la soberanía de los Estados y en el bien común colectivo en la búsqueda de ese diálogo. Desgraciadamente, como hemos visto en el debate, no es esa la posición de todos los grupos. Me ha parecido sorprendente que se ignore que la Constitución española, en los artículos 93, 95, 96.1 y 10.2, establece la preeminencia del derecho internacional sobre el derecho interno. Y establece que incluso cuando hay contradicciones con la Constitución, se reforma la Constitución. ¿Por qué es tan importante esa preeminencia? Porque es imposible pensar en el mundo contemporáneo sin ese algoritmo general que es el derecho internacional, que determina desde que podamos mandar una carta hasta que podamos defendernos de una epidemia, establecer la seguridad en los mares, etcétera. Y todo esto se pone en discusión hoy. ¿Por qué? Porque hubo un momento de ruptura con ese eje, que fue la guerra de Irak, que fue la foto de los presidentes poniendo los pies en una mesa encima de la Carta de las Naciones Unidas; pisoteando, en definitiva, para poder justificar de alguna forma lo que fue el comienzo del derrumbe del sistema internacional, que hemos estado intentando contener durante estos tiempos.»
Fragmento 1 de 4 de esta intervención.