Concepción Gamarra Ruiz-ClavijoPP
Diputada
«Hemos identificado el núcleo del problema, la parte general del Código Penal y también la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Y hemos concluido entre todos, con los votos del Partido Popular, que si los delitos leves no computan adecuadamente como antecedentes, si la suspensión automática vacía de contenido la condena, el mensaje era devastador porque se puede delinquir muchas veces con absoluta impunidad. Esto es lo que pasa en nuestro país y esto es a lo que le ponemos fin. ¡Se acabó! Los españoles sabrán que a partir de ahora reincidir en España ¡ya no sale gratis! Con esta reforma, la de los artículos 22.8, 66.2 y 80.2 del Código Penal y la de los artículos 13 y 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, los delitos leves computarán cuando integren multirreincidencia, y tendrán efectos reales en la determinación de la pena y en su ejecución. Hablemos de los hurtos. Cuando existan al menos tres condenas, aunque sean leves, habrá pena de prisión de seis a dieciocho meses. Se acabó lo de la multa simbólica, que ya se asumía por muchos profesionales del delito como un coste operativo. El delito no puede ser rentable.»
Fragmento 3 de 5 de esta intervención.