Pablo BustinduySumar
Ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
«Creo que concurren, por tanto, razones de peso para actuar y corregir esta deficiencia inaceptable de nuestro ordenamiento jurídico con el fin de defender el interés general y los derechos de los consumidores. Con ese fin, el real decreto ley, que hoy se somete a convalidación en esta Cámara, modifica la 'Ley general para la defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias', incorporando una herramienta para impedir precisamente que se produzcan aumentos de precio que superen el precio máximo ofertado para esos servicios en los treinta días previos a la situación sobrevenida. Esto es, se trata de impedir que puedan subir los precios por encima del máximo que tuvieron en los treinta días anteriores cuando se dé una situación sobrevenida sin que medie una causa justificada para ello. Ayer mismo pudimos conocer los resultados de la primera puesta en práctica de esta medida. Previo acuerdo del Consejo de Ministros del día 17 de febrero, se aprobó la limitación de precios en los establecimientos hoteleros de catorce municipios en Andalucía y Extremadura, vigente hasta el día de ayer. El resultado o la evaluación de la implementación de esta medida es que no se han detectado subidas de precios por encima de esos límites en los servicios bajo el ámbito de aplicación del acuerdo. Por tanto, la conclusión es clara: la regulación ha funcionado.»
Fragmento 3 de 4 de esta intervención.