Carlos Flores JuberíasVox
Diputado
«El decreto ley que se nos invita a convalidar carece de justificación. Y carece de justificación porque nuestro ordenamiento jurídico cuenta ya con normas idóneas para paliar la situación a la que se pretende poner coto, como es el caso del artículo 13.2 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista o el 11.1 de la Ley sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio, que en este caso sí -a diferencia de lo que pasa con la norma que ahora nos proponen- reconocen el principio general de la libertad de precios, permiten la intervención solo en bienes de primera necesidad, la circunscriben a contextos de desabastecimiento o alteraciones graves del mercado, prescriben la audiencia previa de los sectores afectados y exigen que la intervención sea motivada y temporal; precauciones, todas ellas ausentes de su norma. Es inconstitucional, precisamente por no hallarse amparada en la existencia de una situación extraordinaria y urgente, debidamente acreditada, como requiere el 86.1 de la Constitución. Ha sido fraguado sin diálogo y, por lo tanto, sin consenso con los actores sociales afectados. A pesar de que el sector de la distribución le presentó, señor ministro, no hace mucho, una propuesta de protocolo de actuación ante situaciones de crisis, encaminado a garantizar el abastecimiento, asegurar la logística, garantizar las comunicaciones y proteger a las personas, su ministerio, señor Bustinduy, ha preferido, cómo no, la imposición.»
Fragmento 6 de 9 de esta intervención.