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29N · faltan 25 días

Carlos Flores JuberíasVox

Diputado

«Sienta las bases para la arbitrariedad y hasta para el abuso de poder por parte del Ejecutivo al regular con la más insoportable ambigüedad los supuestos habilitantes para activar el control de precios. Urgencia, riesgo, necesidad... vale, ¿pero otras circunstancias sobrevenidas que generen una alteración de la oferta y de la demanda? Genera inseguridad jurídica al permitir una aplicación extensiva y desproporcionada de las restricciones que contempla, toda vez que estas son susceptibles de proyectarse no ya sobre bienes y servicios esenciales o de primera necesidad, sino sobre todos aquellos que determine el Consejo de Ministros. Vulnera la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado consagrada por el artículo 38 de la Constitución al contemplar una intervención directa en la formación de precios que, aunque se halla motivada por una finalidad protegida constitucionalmente, entraña una restricción innecesariamente intensa de dicha libertad, especialmente grave ante la ausencia de mecanismos de ajuste. Invierte la carga de la prueba al obligar al empresario que se vea obligado a incrementar el precio de sus bienes o sus servicios en los días posteriores a una catástrofe a ser él quien justifique las razones de dicho aumento.»

Fragmento 7 de 9 de esta intervención.

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