Macarena Montesinos de MiguelPP
Diputada
«Señorías, por todo ello, traemos de nuevo la modificación del artículo 140 del Código Penal para ampliar la pena de prisión permanente revisable en dos supuestos relacionados con el delito de asesinato: el primero, la ocultación de cadáver, porque, además de la devastación que el asesinato provoca en sus seres queridos, el hecho de que ni siquiera puedan enterrarlo supone un terrible ensañamiento; y, el segundo, la reincidencia en este tipo delictivo. Como ha dicho el presidente Feijóo, algo grave pasa en España cuando un condenado por secuestro, malos tratos y abusos a un menor sale de la cárcel y reincide con un crimen machista como el de Miranda de Ebro, que nos sobrecogió a todos la pasada semana. (Aplausos). La prisión permanente revisable es el instrumento más eficaz para lograr el castigo al delincuente en proporción al daño causado, para que el miedo al castigo disuada de la comisión de delitos, para que el delincuente se vea impedido de volver a delinquir mientras dure la pena y para que tenga un incentivo claro a colaborar con la justicia.»
Fragmento 3 de 8 de esta intervención.