29N · generales · dom 29 novfaltan 26 días

Ángel Víctor Torres PérezPSOE

Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática

«El Gobierno, señorías, trae a convalidación por esta Cámara el Real Decreto Ley 6/2026 de 3 de marzo, por el que se modifica la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, sobre el reconocimiento a favor de personas fallecidas o con lesiones incapacitantes por su actividad en defensa y reivindicación de la democracia. La razón de ser de este real decreto ley, en sus medidas y en la extraordinaria y urgente necesidad de su aprobación, hunde sus raíces en la Ley 52/2007, comúnmente conocida como ley de memoria histórica, precursora, pionera en la labor que hoy desempeña la Ley 20/2022, de Memoria Democrática. En aquella ya lejana Ley de 2007 se previó el derecho a una indemnización en favor de todas aquellas personas que perdieron la vida en defensa de la democracia y que no habían recibido hasta entonces la compensación debida. Se contempló dicho reconocimiento a favor de personas fallecidas en defensa de la democracia, pero solo durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 1968 y el 31 de enero de 1977. Con aquella regulación, de cada cuatro solicitudes de indemnización presentadas una tuvo resolución favorable y las dudas sobre los supuestos de alcance de dicho régimen de indemnizaciones han estado presentes desde entonces y se han acrecentado hasta ahora considerando que la ley de 2022 extiende sus efectos hasta la entrada en vigor de la Constitución; esto es, hasta el 29 de diciembre de 1978. Ha quedado patente -pues el tiempo es quien ha terminado demostrándolo- que el régimen de compensaciones de la ley de 2007 era insuficiente en los supuestos contemplados, además de tener menor calado que otras regulaciones de reparación pública a víctimas por hechos de otra naturaleza, como pudieron ser las de las víctimas del terrorismo.»

Fragmento 2 de 7 de esta intervención.

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