Datos INE

29N · faltan 25 días

Alberto Rojo BlasPSOE

Diputado

«Señorías, analicemos el contexto de esta proposición de ley. En 2022, el Parlamento Europeo aprobó el Reglamento 2022-2065, relativo a un mercado único de servicios digitales, más conocido por sus siglas en inglés DSA. Con esta norma, la Unión Europea pretendía crear un entorno digital más seguro y confiable protegiendo los derechos de las personas, respondiendo así a una importante demanda social que implica poner coto al incremento de riesgos que suponen para la ciudadanía prácticas como la difusión de contenidos ilícitos en línea, la desinformación, el diseño adictivo de determinadas aplicaciones o, incluso, la ciberviolencia. El Reglamento europeo DSA entró en vigor plenamente en nuestro país en febrero de 2024, hace ya más de dos años, y establece que los Estados miembros deben designar a autoridades competentes responsables de la supervisión de las obligaciones que el reglamento impone a los prestadores de servicios digitales. El Gobierno designó a la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia, la CNMC, como coordinador de servicios digitales en España. Esto fue en enero de 2024, si bien, además de esta designación, es necesaria una habilitación legal para que este organismo pudiera desarrollar plenamente todas las competencias que la DSA le encomienda. Y aquí está lo relevante, señorías: sin habilitación legal, la CNMC tiene absolutamente limitadas sus actuaciones, especialmente aquellas que afectan a los prestadores de servicios establecidos en España.»

Fragmento 2 de 6 de esta intervención.

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