29N · generales · dom 29 novfaltan 26 días

Elvira Velasco MorilloPP

Diputada

«Los clínicos especializados recomiendan este tratamiento a las mujeres tanto por asuntos personales, como planificación reproductiva en mujeres que desean posponer la maternidad o prevención de la infertilidad relacionada con la edad, como por tener alguna dificultad médica reproductiva, como, por ejemplo, un diagnóstico de enfermedades que puedan comprometer la fertilidad -endometriosis, insuficiencia ovárica precoz- con tratamientos oncológicos como quimioterapia o radioterapia y cirugías que afectan directa o indirectamente a los ovarios. Los profesionales sanitarios especializados en el campo de la fertilidad, a los que doy la bienvenida en nombre del Grupo Parlamentario Popular (aplausos), tanto los de la Sociedad Española de Fertilidad como los responsables de diferentes centros de reproducción humana asistida, han venido advirtiéndonos de las consecuencias de esta regulación sobre la autonomía de los pacientes al establecer requisitos que limitan su capacidad de decisión. Señorías, nos preguntamos si la normativa trata por igual a hombres y mujeres cuando hablamos de gametos, óvulos y espermatozoides. Desde luego hoy, en lo que llevamos de debate, nos ha quedado claro que existen diferencias importantes entre el tratamiento del esperma y el de los óvulos, sobre todo en lo que respecta a su destrucción o eliminación. Para la destrucción de esperma basta con el consentimiento del titular, es decir, sirve una simple carta que envíe el hombre. En cambio, para destruir el óvulo se exige un consentimiento expreso y, en ocasiones, una justificación médica o cumplir con ciertos plazos. En el momento actual, muchas mujeres que optan por preservar su fertilidad quedan vinculadas durante años, según la ley, hasta el final de su vida reproductiva, sin poder decidir libremente su cese. Esto genera varios problemas relevantes: incertidumbre a lo largo del plazo sobre una decisión reproductiva ya cerrada; costes económicos y acumulados durante años; situaciones de abandono; búsqueda por la paciente de algún profesional para que emita un certificado, que en la mayoría de los casos son discutibles o relacionados con profesionales que se ven presionados y no entienden la situación, y -muy importante- un efecto disuasorio sobre la propia preservación de la fertilidad. Todos estos aspectos se convierten en secundarios si tenemos en cuenta que violentan la igualdad entre hombres y mujeres. Por lo tanto, la eliminación de estos informes, en el caso de las mujeres, es una medida razonable, proporcionada, alineada con la práctica internacional y coherente con el principio de autonomía reproductiva. No existe ningún país con una normativa similar a esta. Sin embargo, y ya se ha dicho aquí, la propuesta presentada por el Grupo Parlamentario Socialista deja sin resolver una problemática igualmente relevante en relación con los preembriones crioconservados, que generan también, en opinión de los expertos, una clara incoherencia normativa.»

Fragmento 2 de 4 de esta intervención.

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