Marta Madrenas i MirJunts
Diputada
«Voy a entrar en detalle. En primer lugar, la prórroga obligatoria de los dos años. No se exige que el arrendatario esté al corriente de pago. No es un olvido menor, sino una negligencia jurídica grave, porque dan un derecho automático sin condicionarlo a que se cumpla la parte más básica del contrato, que es pagar. Eso descompensa claramente el equilibrio contractual. En segundo lugar, la excepción por necesidad del propietario. Sobre el papel existe y la han querido ustedes incluir, pero en la práctica, tal y como está redactado, es inaplicable. Todos sabemos que el Tribunal Supremo exige que esta disposición esté incluida en el contrato inicial y todos sabemos que en la inmensa mayoría de estos contratos no se incluyó, porque nadie se llegaba a plantear que el contrato se podría alargar por ley el tiempo que ustedes han decidido. El resultado es que hay una excepción que pretende quedar bien con los propietarios, pero que acaba en papel mojado. En tercer lugar, la supresión de facto del IRAV. A ver, es un índice que ustedes mismos se han inventado. No lo entendemos. Ustedes lo crearon para limitar el incremento de los alquileres por debajo del IPC; y ahora, una vez que lo han inventado, ya no lo utilizan. Proponen un tope del 2 %, a pesar de que creo que el IRAV es el 2,11 % actualmente. ¿Por qué un 2 %?, ¿qué criterio económico lo justifica? Ninguno. Es una decisión absolutamente arbitraria, el primer porcentaje que se os pasó por la cabeza. Y no utilizar el IRAV evidencia la falta de coherencia de sus políticas. En cuarto lugar, querían ustedes además penalizar a los grandes tenedores, pero los acaban beneficiando más que a los pequeños tenedores. Con su deficiente redacción han provocado que en zonas tensionadas como Cataluña pase lo contrario de lo que ustedes querían. En quinto lugar, la prórroga de tres años de la ley de la vivienda. Es lo mismo. Todos hemos leído que hay catedráticos de Derecho Civil que lo están diciendo: están ustedes generando una inseguridad jurídica sistémica y futuros litigios.»
Fragmento 7 de 10 de esta intervención.