Ana María del Carmen Redondo GarcíaPSOE
Ministra de Igualdad
«Señorías, terminar con esa desigualdad en el ejercicio del derecho es precisamente el objetivo esencial de esta reforma constitucional que hoy planteamos. Una reforma que se concreta en la incorporación de un nuevo apartado al artículo 43 de la Constitución, que reza, según indicaciones del Consejo de Estado, lo siguiente: Los poderes públicos garantizarán el ejercicio del derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo en condiciones de igualdad real y efectiva con cuantas prestaciones y servicios sean necesarios. Su significado jurídico es muy claro: convertir en mandato constitucional la obligación de garantizar el acceso efectivo al derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en toda España y de forma equitativa; blindar, por tanto, su dimensión prestacional. En este sentido, no se modifica el modelo vigente ni se altera la regulación sustantiva del derecho; simplemente se protege su ejercicio en condiciones de igualdad. Y se hace con todas las garantías y con el aval por amplia mayoría del Consejo de Estado, que es claro cuando afirma -y cito textualmente-: No se observa obstáculo jurídico alguno para esta reforma y que su tramitación pueda continuar.»
Fragmento 3 de 10 de esta intervención.