29N · generales · dom 29 novfaltan 26 días

Pilar Calvo GómezJunts

Diputada

«Pero les hemos dicho que analizaríamos los argumentos de unos y otros. El PSOE propone garantizar constitucionalmente, dice que dentro del artículo 43, el derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo mediante las prestaciones y servicios necesarios y en condiciones de igualdad efectiva. Esta modificación, como se ha dicho, está dentro del capítulo de los principios rectores de la política social y económica que informan del funcionamiento y las prioridades de los poderes públicos de manera orientativa. No toca materia, y eso es importante, que requiera el procedimiento agravado del artículo 168, pero el Grupo Popular no está de acuerdo. Considera que la reforma debería hacerse, en cualquier caso, dentro del artículo 15, que afecta a derechos fundamentales, como lo son la integridad y la salud, y, por lo tanto, sí que requeriría el procedimiento del 168, cosa que nunca ha pasado. Recordemos: apoyo de dos tercios del Senado y del Congreso, la disolución de las Cortes, la convocatoria de elecciones y, una vez constituidas las nuevas Cámaras, volver a aprobar la reforma con dos tercios, tanto en la Cámara Alta como en la Baja, y para rematarlo, al final de todo habría que hacer un referéndum. Ahora creo que se entiende perfectamente por qué la Constitución Española solo se ha modificado tres veces en cincuenta años y nunca se ha llegado a tocar el 168. La Constitución es prácticamente irreformable. Su rigidez contrasta con la flexibilidad de otros textos constituyentes; por ejemplo, Alemania ha modificado su texto sesenta veces para adaptarlo a la modernidad de un Estado federal que respeta las competencias de los länder, pero también están los casos de Bélgica, Francia, Italia y otros países de la Unión Europea, en los que tienen claro que la Constitución no son las tablas de la ley que Dios entregó a Moisés.»

Fragmento 6 de 7 de esta intervención.

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