29N · generales · dom 29 novfaltan 26 días

Josep Pagès i MassóJunts

Diputado

«En este sentido, nosotros hemos recogido y hemos traído aquí, con las intervenciones en Pleno y Comisión y enmiendas a las leyes de justicia, las demandas de la abogacía catalana para poder ampliar las excepciones a los MASC. Procedimientos monitorios, impagos de cuotas de comunidades de propietarios, desahucios por impago de rentas tienen que agilizarse, no tienen que estar sujetos a una negociación previa. Y hay un supuesto que aún es más grave que todos los que hemos señalado, porque es una cuestión de orden público, que es el efecto negativo que tiene esta obligatoriedad indiscriminada de los MASC en los juicios con menores implicados. En separaciones y divorcios, cuando se discuten medidas paternofiliales sobre pensiones, régimen de custodia, visitas, uso de la vivienda familiar, la aplicación automática de los MASC es un error. De hecho, Junts per Catalunya, a instancias del Colegio de la Abogacía de Barcelona, ha presentado enmiendas a la proposición no de ley de modificación de la ley orgánica de acceso a la judicatura propuesta por el Grupo Popular el año pasado. Siempre que hemos tenido ocasión hemos presentado enmiendas para que los procesos de familia con niños, niñas y adolescentes dejen de estar sujetos por sistema a este requisito de procedibilidad, porque, tal y como constatan los abogados, en los procedimientos de jurisdicción voluntaria de responsabilidad parental, la patria potestad, etcétera, es prioritaria la rápida intervención del juez, y, en cuestiones especialmente sensibles, como las medidas cautelares o provisionales previas para fijar pensiones de alimentos, régimen de custodia, uso de la vivienda, el requisito de procedibilidad, en lugar de proteger a los menores, lo que hace es ocasionar retrasos y aumentar el conflicto. Pero, sobre todo, tal como señalan los abogados, los efectos perjudiciales del requisito de procedibilidad se ponen en evidencia cuando en los juicios de familia hay ese elemento de extranjería, cuando uno de los padres es extranjero, porque entonces en la negociación previa el MASC sirve de alerta, sirve de aviso para que el padre o la madre que reside en el extranjero -ya sea en Suiza, Estados Unidos o Marruecos, da igual- se adelante y reclame en los juzgados de su país la competencia. En consecuencia, esta competencia la pierden los juzgados de aquí, y el progenitor de aquí tiene que ir a litigar por su hijo o hija al extranjero, con todo lo que eso conlleva a nivel personal, económico, etcétera.»

Fragmento 6 de 8 de esta intervención.

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