29N · generales · dom 29 novfaltan 26 días

Joaquín Martínez SalmerónPSOE

Diputado

«Presidente, señorías, cuando una familia acude a la justicia, lo que para la Administración puede ser simplemente un procedimiento para esa familia puede ser su vida entera, y, cuando hay menores, cada decisión debe tener muy presente esa diferencia. Compartimos la preocupación que inspira la iniciativa que debatimos hoy: que ningún trámite dificulte la protección de un menor. Los MASC permiten a las partes una solución a sus conflictos antes de acudir a los tribunales. Son un instrumento útil. En el ámbito familiar pueden evitar que una ruptura termine convirtiéndose en años de enfrentamiento. Una pareja puede dejar de serlo, pero van a seguir siendo padres y, si existen condiciones para alcanzar un acuerdo, facilitarlo también significa proteger a sus hijos. La Ley Orgánica 1/2025 ya establece excepciones para las medidas de protección del artículo 158 del Código Civil, y en su artículo 4.1 dispone que los conflictos sobre materias que no están a disposición de las partes no pueden someterse a un MASC, ni siquiera por derivación judicial. La pregunta es si debemos ampliar ahora esas excepciones. Nuestra posición es clara: no nos negamos a ello, pero debemos actuar con prudencia, y prudencia no significa inmovilismo.»

Fragmento 1 de 5 de esta intervención.

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