Enrique SantiagoSumar
Diputado
«Respecto de los delitos de injurias contra la Corona, la justicia española condenó a dos jóvenes por quemar fotos del rey Juan Carlos. El recurso llegó al Tribunal Europeo de Derechos Humanos y condenó a España, en el año 2018, por injerencia en la libertad de expresión, declarando que la pena aplicada en España no fue proporcional al fin perseguido ni necesaria en una sociedad democrática. Y han existido más condenas por este delito, como las de los humoristas de El Jueves, la condena del alcalde de Puerto Real por calificar de deleznable al rey emérito o la condena al coronel Martínez Inglés por calificar de corrupto al anterior jefe del Estado. Parece mucho más grave que militares en retiro amenacen con fusilar a veintiséis millones de españoles o reclamen al ejército que destituya al recién investido presidente del Gobierno y, sin embargo, ambas conductas son impunes a fecha de hoy. No hay mecanismo constitucional alguno para elegir, reprobar o cesar al rey, pero sí hay normas penales que castigan las críticas a la institución en el ejercicio de sus funciones; norma, por cierto, también aplicable para sancionar las críticas a los familiares hasta segundo grado colateral. En la antigüedad clásica, agraviar al rey era delito de lesa majestad, pero que 2500 años después en España siga estando castigado el agravio al rey no tiene justificación alguna en democracia. Lo dice el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que cada vez que se ha pronunciado ha calificado de injustificable esta norma penal.»
Fragmento 4 de 8 de esta intervención.