29N · generales · dom 29 novfaltan 26 días

Juan José Aizcorbe TorraVox

Diputado

«Con la venia, señora presidenta. El artículo 307 de la Ley Orgánica del Poder Judicial permite que un juez en prácticas sustituya a un titular y ejerza la jurisdicción con la misma amplitud que él. Puede dictar sentencias cuando aún no ha terminado el curso de selección ni ha ingresado formalmente en la carrera judicial. Cuesta explicar que pueda juzgar por su cuenta mientras sigue superando el curso que le habilitará formalmente para hacerlo. Juzgar, obviamente, exige conocer el derecho y respetar las garantías del procedimiento; exige estudiar el caso concreto hasta estar en condiciones de decidir conforme a derecho. La resolución lleva la firma del juez, que asume también una responsabilidad de conciencia. Puede contar con ayuda en el tribunal, pero el juicio sobre el asunto le corresponde a él. Por eso importa tanto su buena preparación como juez antes de ejercer la jurisdicción por su cuenta. En 2012 el Gobierno del Partido Popular, que al menos tenía presupuestos aprobados, impuso cuatro meses de sustituciones por razones de austeridad y formación. Ahora el propio Grupo Popular propone suprimir esta fase siguiendo la propuesta unánime del Consejo General del Poder Judicial, que considera que no aporta una formación más relevante y retrasa la incorporación plena a la carrera judicial. El Consejo propone que la formación en la escuela judicial, una vez superada la oposición, coincida con las prácticas tuteladas. El aspirante seguirá aprendiendo junto a un juez titular y tendrá que superar una evaluación continua. Sostiene que así se acorta el curso, sin perjudicar la preparación, y eso lo compartimos. Necesitamos que los nuevos jueces lleguen, que lleguen bien y que lleguen pronto. Su selección debe seguir fundada en la independencia, la igualdad, el mérito y la capacidad, y acortar la formación no puede rebajar, bajo ningún concepto, la preparación con la que comiencen a juzgar.»

Fragmento 1 de 3 de esta intervención.

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