Félix Bolaños GarcíaPSOE
Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
«También quería hacer referencia a los 946 millones que la Comisión Europea ha concedido a España con cargo al Fondo de Solidaridad de la Unión Europea. Por tanto, el despliegue de ayudas y de subvenciones que ha llevado a cabo el Gobierno de España es incomparable. En este resumen somero que acabo de hacer, me dejo sin mencionar -pero también son importantes- ayudas a concesionarios de vehículos, ayudas a estudiantes universitarios y no universitarios, a entidades deportivas, ayudas agrarias. Es decir, hay una cantidad ingente de personas a las que hemos ayudado como consecuencia de aquella tragedia. Los datos están ahí y las cifras que acabo de facilitar también. Por primera vez, y de manera inédita ante una necesidad de este tipo, desde el Ministerio del Interior se arbitró un mecanismo para que se pudieran acoger a anticipos las familias afectadas en enseres y en vivienda, anticipos concedidos antes incluso de reconocerles el derecho a la ayuda o a la subvención, unos anticipos que fueron disfrutados por 2700 personas. El motivo que nos trae este real decreto ley son precisamente estos anticipos. A través de este real decreto ley que hoy les presento y que someto a la convalidación de esta Cámara, se regula la posibilidad de la condonación de parte de estos anticipos, la condonación de la devolución de estos anticipos cuando finalmente no se obtuvo el derecho a recibir la ayuda. Les pido que lo voten favorablemente porque estamos hablando de no devolver los anticipos, excepto en dos supuestos: el primero, cuando el beneficiario tenga una renta en el año 2025 de IRPF superior a 42 000 euros, y el segundo, cuando, aunque la renta no sea superior a esos 42 000 euros, tenga un patrimonio superior a 300 000 euros, excluyendo la vivienda habitual. En estos dos casos es cuando sí procedería la devolución. En el resto de los casos -rentas de menos de 42 000 euros y patrimonios de menos de 300 000 euros- se condonaría la devolución del anticipo con cargo a la ayuda que nunca se obtuvo. Repito, respondemos a una situación de necesidad social, como consecuencia de aquel fenómeno de la dana que tanto dolor causó y tanto daño hizo. Si sus señorías deciden convalidar este decreto ley, el coste para el erario público de la no devolución de estos anticipos será de 44,3 millones de euros.»
Fragmento 3 de 4 de esta intervención.