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29N · faltan 24 días

Carlos Flores JuberíasVox

Diputado

«El artículo segundo, el más largo y denso de esta proposición, plantea una ambiciosa reforma del Código Penal de 1995 al efecto de reintroducir para las autoridades o funcionarios que, careciendo manifiestamente de competencias para hacerlo, procedieren al delito de convocatoria ilegal de elecciones o de referéndums, previendo además un agravamiento de las penas cuando estas consultas versaren sobre la soberanía, la independencia, la integridad territorial o la unidad de España y el orden constitucional que en esta se fundamenta. Contempla un agravamiento de las penas por las ofensas o ultrajes de palabra o por escrito o de hecho a España o a sus símbolos y emblemas realizados con publicidad, y una agravación adicional cuando estos fuesen realizados por miembros del Gobierno de la nación, de las altas esferas del Poder Judicial o de los Gobiernos autonómicos. Reintroduce por entero el capítulo primero del título vigésimo segundo, dedicado al delito de sedición, para volver a castigar a quienes se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos o de las resoluciones administrativas o judiciales. Una cuestión sobre la que, señores del Partido Popular, creo que mañana tienen algo que decir, esta tarde podrían tener algo que votar.»

Fragmento 5 de 8 de esta intervención.

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