Datos INE

29N · faltan 25 días

María Isabel Prieto SerranoPP

Diputada

«El mercado laboral es un 99,8 % de las empresas que son pymes, pequeñas y medianas empresas, y que contratan al 62 % de los trabajadores. A muchas de estas empresas les costará reducir la jornada manteniendo el salario, lo que puede poner en peligro muchos puestos de trabajo. Tampoco se hace referencia en el petitum de la proposición a las consecuencias de mantener el salario con la reducción de la jornada. Esto supone que el salario por hora trabajada se incrementará automáticamente, encareciendo los costes para los empleadores, y esto tampoco se menciona en su proposición. Tenemos muy claro que ya existen en España numerosas empresas que están aplicando una jornada laboral por debajo de la legalmente establecida en el artículo 34, y lo hacen en virtud de la negociación colectiva y del convenio colectivo aplicable. Eurostat ya estableció que la jornada laboral media en nuestro país es de 37,8 horas a la semana. Sin embargo, esta jornada reducida tiene que aplicarse de forma individualizada, analizando sector económico por sector económico y atendiendo a sus características esenciales. Además, cualquier cambio que se realice respecto al tiempo de trabajo debe plantearse en términos de jornada anual, así lo han establecido reiteradamente los convenios colectivos y la jurisprudencia. No tiene sentido fijar una jornada laboral máxima a la semana porque supondría una merma en la productividad de las empresas. Insisto, la jurisprudencia computa la jornada en términos anuales.»

Fragmento 3 de 5 de esta intervención.

¿Algo mal atribuido o clasificado? Envía una corrección.