Ana María del Carmen Redondo GarcíaPSOE
Ministra de Igualdad
«Muchas gracias por el respeto. apenas superamos -digo- el 35 %, por mencionar solo algunos datos. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, ya consagraba el principio de presencia o composición equilibrada, entendiendo por tal la aplicación de la regla 60-40. Pues bien, con el objeto de cumplir con ese principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres y de seguir avanzando en la consecución del ejercicio real y efectivo del principio constitucional de igualdad, este proyecto de ley, tal como se expresa en la exposición de motivos, introduce modificaciones en nuestro ordenamiento jurídico a fin de ahondar en esa realización efectiva de la igualdad entre mujeres y hombres, esencialmente en los ámbitos decisorios de la vida política, social y económica. En cuanto al ámbito electoral, se modifica la Ley Orgánica del Régimen Electoral General para introducir las llamadas listas cremallera, que se exigirán tanto en las elecciones locales como en las elecciones autonómicas, estatales y europeas. Este mandato también se aplicará a las candidaturas del Senado cuando se agrupen en listas. La ley de igualdad ya establecía la paridad en las listas electorales. Ahora, con este proyecto de ley, damos un paso más para hacerla efectiva, ya que la distribución de mujeres y hombres en las listas, aun respetando la presencia equilibrada en el total de las candidaturas, potencia la presencia de más varones en los puestos de salida que obtienen finalmente representación. Señorías, si las mujeres constituimos más del 50 % de la ciudadanía, debemos tener la representación de la mitad de la población que nos corresponde.»
Fragmento 1 de 6 de esta intervención.