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29N · faltan 25 días

Enrique SantiagoSumar

Diputado

«La adaptación del Código Penal a lo establecido por el Supremo la hizo el Gobierno de coalición en el año 2022. Y es verdad que se añadió una nueva redacción sobre la multirreincidencia que a nosotros, a nuestro grupo parlamentario, nos pareció exorbitada, pero la votamos porque reducía ese supuesto de hasta tres años de prisión a dieciocho meses. Ustedes entonces se abstuvieron y es verdad que ahora traen una reducción de ese supuesto de reincidencia de hurtos leves, de delitos leves -lo que antes eran las faltas-, de los dieciocho meses máximo que estaba en la reforma de 2022 hasta un máximo de un año. Eso está bien, lo reducen, dos años menos de lo que propusieron en 2015, pero ¿por qué proscriben en esta misma reforma, al hacer esta reducción, la aceptación del cumplimiento de la condena en este caso de hurtos? ¿Porque ustedes prohíben en esta reforma que a una persona que está en la cárcel por hurto se le pueda suspender la condena después de haber cumplido una parte proporcional? Eso no tiene ninguna explicación más que ese tipo de castigo que ustedes buscan siempre contra los más pobres; es decir, cosas que a un infractor de un delito, por ejemplo fiscal, no se le tiene por qué limitar, resulta que ustedes en este caso de multirreincidencia sí lo limitan.»

Fragmento 2 de 5 de esta intervención.

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