Yolanda Díaz PérezSumar
Vicepresidenta Segunda y Ministra de Trabajo y Economía Social
«Permítame que les diga que también incorpora elementos que pudieran parecer aparentemente más técnicos. En el derecho hay partes formales, partes de fondo y partes técnicas, pero las partes técnicas son claves para mejorar los derechos de la ciudadanía. Pues bien, estos elementos que voy a citar ahora tienen una enorme incidencia transformadora en la dinámica de la protección pública por desempleo. Uno, se amplía a seis meses el plazo de solicitud, lo que permite, como saben, optar durante ese periodo por la búsqueda de un nuevo empleo sin riesgo de perder el derecho o ver minorada su cuantía; piensen en lo que pasaba antes. Dos, se suprime en la mayoría de los subsidios el doble requisito de carencia de rentas -¡cuántas veces discutieron ustedes en la Comisión de Empleo y Seguridad Social sobre esto!-, las propias y las de la unidad familiar, para el reconocimiento de los subsidios. Este fue un debate de esta Cámara a lo largo de muchos años; pues bien, hoy esto se modifica, de modo que se consideran las rentas propias del solicitante o bien las rentas de la unidad familiar, a elección de la persona que está instando este subsidio. (Aplausos). Además, tanto el requisito de rentas como el de responsabilidades familiares se acreditarán mediante una declaración responsable, verificándose estos datos con posterioridad. Ustedes saben que este es un cambio fundamental que tiene que ver con la trampa burocrática y con los requisitos, ese gran muro que a veces impide que la ciudadanía llegue a la protección social, y es de lo que nos habla Sara Mesa en su Silencio administrativo. Pues bien, una declaración responsable con un control ex post para facilitar los trámites administrativos en nuestro país. (Aplausos).»
Fragmento 6 de 11 de esta intervención.