Lourdes Méndez MonasterioVox
Diputada
«Señorías, hablemos de otras leyes. En la actualidad, también hubiera sido objeto de un recurso previo la ley de amnistía, porque, señorías, no está previsto en la Constitución, quiebra el principio de igualdad y la intocabilidad de las sentencias, y en el ámbito de los poderes públicos lo que no está permitido expresamente ¡no está permitido! Solo pueden hacer lo que la Constitución dice que pueden hacer, y eso no lo digo yo, lo dicen renombrados juristas de prestigio. La Constitución prohíbe expresamente el indulto generalizado, ¡¿cómo no va a prohibir la amnistía?! Señorías, esta ley orgánica hubiera sido objeto de recurso previo de inconstitucionalidad igual que otras tantas leyes orgánicas de la anterior legislatura que son claramente inconstitucionales, recurridas todas ellas por nuestro grupo parlamentario, entre ellas, la ley del Consejo General del Poder Judicial en funciones, que vulnera, entre otros, los artículos 122, 123 y 124 de la Constitución; la ley de la eutanasia, que vulnera -entre otros- el artículo 15 de la Constitución y el artículo 10 sobre la identidad inviolable del ser humano; la Ley Orgánica de protección integral a la infancia, la denominada ley Herodes, que atenta contra el derecho de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones, contenido en el artículo 27 de la Constitución; la ley de penalización del acoso a las clínicas abortivas, que vulnera el artículo 20 de la Constitución; la ley del sí es sí, que ha sacado violadores a la calle y que además atenta contra el principio de presunción de inocencia, el artículo 14 de la Constitución; la ley de memoria democrática, que atenta contra el artículo 14 del derecho a la igualdad, y el artículo 20; la ley de modificación de sedición y malversación, que atenta contra el artículo 96 de la Constitución española; y la ya mencionada agravación de la ley de plazos. Prácticamente, todas las leyes ideológicas, que fueron muchas, de la anterior legislatura, que imponen una ideología de género absolutamente destructiva y vulneran unos cuantos artículos de la Constitución, y sobre todo, el principio de neutralidad de la Administración del Estado. A pesar de que todas ellas vulneran principios, valores y derechos fundamentales contenidos en nuestra Constitución, algunas ya han sido declaradas constitucionales, excepto los decretos del estado de alarma, a los que el Grupo Parlamentario VOX interpuso el recurso, pero todavía no estaba de presidente Conde-Pumpido.»
Fragmento 3 de 6 de esta intervención.