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29N · faltan 24 días

Mercedes González FernándezPSOE

Diputada

«Gracias, presidente. Señorías, VOX nos trae hoy aquí el tan ansiado debate del recurso previo de inconstitucionalidad, figura debatida reiteradamente en esta Cámara durante cuatro décadas, la última en la pasada de legislatura y también traída por VOX. Y la verdad es que, escuchando a su portavoz en esta materia, tengo que decirles que tienen un carajal que ni yo misma me he enterado. Si el Constitucional les parece fatal, pero ustedes mismos son los que nos dicen lo que es constitucional o no, y quieren un recurso previo de inconstitucionalidad, tengo que decirles que es que no saben ni lo que quieren. (Aplausos). Como bien saben, el recurso previo no está recogido en la Constitución, pero sí que es verdad que está en el texto de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en su artículo 79. Por lo tanto, fue el legislador y no la Constitución quien amplió esta posibilidad, que, como también saben, fue derogada en el año 1985 tras constatarse, como bien recoge el preámbulo de la ley, que el recurso previo de inconstitucionalidad se estaba convirtiendo en un instrumento obstruccionista en manos de minorías parlamentarias para paralizar la tramitación de las leyes orgánicas. Cierto es que treinta años después, en 2015, se recuperó ese recurso previo de institucionalidad para los estatutos de autonomía o su modificación. Hoy en día, el recurso previo de inconstitucionalidad se circunscribe a los tratados internacionales, para evitar la responsabilidad internacional del Estado, y para los estatutos de autonomía, para evitar las razones de choque de legitimidad.»

Fragmento 1 de 4 de esta intervención.

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