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29N · faltan 24 días

Celso Luis Delgado ArcePP

Diputado

«Defendemos en este Pleno la única enmienda que ha quedado viva del Grupo Parlamentario Popular, que es la enmienda 136, que propone la modificación del apartado 2 del artículo 27, en el sentido de incluir en la ley la previsión de que el personal investigador de la autoridad no pueda ser requerido por los órganos judiciales para emitir informes periciales sobre accidentes o incidentes sobre los que investigue o haya investigado. Lo hacemos atendiendo a una sensata propuesta del Consejo Fiscal en aras de asegurar la independencia y la investigación técnica del personal de la autoridad de las actuaciones que realizan los órganos judiciales. Consideramos que esto en modo alguno afecta al cumplimiento del artículo 118 de la Constitución, que obliga a que todos colaboremos con los jueces y tribunales en la tramitación de los procesos. Y jamás debemos olvidar que la finalidad de la investigación técnica de esta autoridad, como de las comisiones que hoy están haciendo esas funciones, es establecer causas del accidente o incidente y la formulación de recomendaciones de seguridad para evitar que se produzcan nuevos accidentes, pero bajo ningún caso persigue la investigación técnica determinar culpabilidades o atribuir responsabilidades.»

Fragmento 2 de 4 de esta intervención.

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